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Viviendas protegidas con opción a compra

18/05/2011

La vivienda protegida, como ya avanzamos en un post previo (Requisitos para acceder a una vivienda protegida), es la principal opción para acceder a una vivienda a precios asequibles.

Las viviendas protegidas en alquiler en la Comunidad de Madrid pueden ser de dos tipos: de precio básico o de precio limitado. Ambos tiene una superficie máxima construida de 150 metros cuadrados, están sujetos a un precio máximo legal de arrendamiento y el período de protección se prolonga 15 años, con las excepciones legales establecidas.

Los beneficiarios serán mayores de edad o menores emancipados, no pueden tener ningún derecho superior al 50% sobre la propiedad o disfrute de otra vivienda en el territorio nacional, las usarán como domicio habitual, sin posibilidad de realquilarlas, y las ocuparán en un plazo inferior a tres meses desde su entrega.

Las viviendas protegidas de precio básico en alquiler se conceden a familias cuyos ingresos no superen 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en la actualidad es de 7.455,14 Euros. En el caso de las de alquiler de precio limitado, los ingresos serán menores de 7,5 veces el IPREM. Con la calculadora oficial de la Comunidad de Madrid puedes hacer el cómputo de tus ingresos familiares.

La vivienda protegida en alquiler es otra opción para encontrar vivienda a precios asequibles

La vivienda protegida en alquiler es otra opción para encontrar vivienda a precios asequibles

Opción a compra: otra forma de adquirir vivienda protegida

El Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid también recoge la opción a compra en los siguientes tres supuestos: para precios básicos, para precios limitados y otro dirigido específicamente a los jóvenes menores de 35 años. En todos los casos están sujetas a una renta máxima anual, a un precio máximo de venta y tienen un régimen de protección de diez años. Los beneficiarios de viviendas protegidas de precio básico en arrendamiento y para jóvenes menores de 35 años no pueden tener ingresos superiores a 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), cifra que se eleva a 7,5 veces para las viviendas protegidas con alquiler limitado.

Las viviendas se usarán como domicilio habitual de sus beneficiarios, quienes podrá ejercer la opción a compra a partir del quinto año y hasta el séptimo año.

En el Portal de Vivienda de la Comunidad de Madrid podrás encontrar más información sobre cada tipología de vivienda protegida en alquiler, clausulas y requisitos contractuales para los contratos de arrendamiento, procesos de solicitud y mucho más.