12/07/2011
Si estás en una fase avanzada de la compra de una vivienda, o si estás buscando piso en alquiler (especialmente en grandes ciudades), estamos seguros de que estarás familiarizado con el término aval, o al menos, sabrás que es un requisito habitual en muchas transacciones inmobiliarias.
Un aval es una garantía adicional de pago, que asegura, para tu acreedor, el cumplimiento de una obligación económica, que en el caso que nos ocupa puede ser el alquiler mensual o la cuota hipotecaria. En un aval hay dos sujetos principales ligados a la deuda; por un lado, el avalista, que se compromete de forma solidaria a hacer frente a los compromisos en nombre de otra persona a quien respalda; y el avalado, que es el beneficiario de esa garantía frente a un determinado acreedor.

El aval es una garantía adicional de pago, una herramienta cada vez más frecuente en operaciones inmobiliarias de compraventa y alquiler (Imagen: Rankia.com).
Los avales, que son documentos públicos que se firman ante notario, pueden ser de dos tipos, personales y bancarios:
- En un aval personal el pago está garantizado por una persona física o jurídica, y puede estar ligada a propiedades o capitales que están a su nombre. Este tipo de aval es el más frecuente cuando se solicita un préstamo hipotecario o un crédito al consumo, esencialmente porque es gratuito y sigue un proceso sencillo.
- Un aval bancario está respaldado por una entidad financiera, y es la garantía de pago más habitual (junto al depósito en metálico) que un arrendador pide al alquilar un inmueble. La razón es que la liquidez inmediata de un banco ofrece la seguridad al arrendatario de que, tarde o temprano, y si es necesario ejecutar el aval, cobrará la cantidad que se le adeuda. Este tipo de avales tiene costes para ti: por una parte, para que tu entidad financiera te haga un aval, debes dejar en prenda (o pignorar) la cantidad por la que deseas que el banco te avale, lo que supone que ese dinero ya no estará disponible; por otra parte, deberás asumir las comisiones de estudio, apertura y riesgo, que básicamente son la contraprestación que el banco exige al avalado por inmovilizar recursos propios; algunas de estas comisiones son puntuales y otras son periódicas, y deberás pagarlas durante el tiempo en que le aval esté vigente. Es importante evaluar las comisiones, disponibles en la web del Banco de España, antes de depositar el aval, y estudiar si tu banco te ofrece mejores condiciones o si es conveniente optar por otra entidad financiera.
¿Cómo funciona un aval? Compromisos y riesgos
Si se produce un impago, el acreedor reclamará el pago primero al deudor, incluyendo los intereses de demora. Si, el avalado no puede o no quiere hacerse cargo de los pagos convenidos con el acreedor de la deuda, el acreedor puede ejecutar el aval, de forma que el avalista (persona física o jurídica, en caso de un aval personal; o entidad financiera, en el caso del aval bancario) deberá asumir las cantidades adeudadas y las penalizaciones de estos atrasos, con sus bienes presentes y futuros, de la misma forma que lo hace el propio deudor.
Esta condición es muy importante, porque esto supone que, en caso de que no puedas hacerte cargo de tus deudas, quien se convierta en tu avalista puede sufrir el embargo de sus bienes. Por eso, debes reflexionar no sólo sobre tu capacidad de asumir los pagos de alquiler o de la hipoteca y los potenciales incrementos del euríbor (y por consiguiente, de tus cuotas hipotecarias), sino también de las consecuencias que, para tu avalista (especialmente si hablamos de un aval personal), tendría que tu no pudieses asumir tus deudas.
Te recomendamos la lectura de el blog de Eroski Consumer, donde podrás encontrar más información sobre los avales; y el análisis que la abogada Gema Plaza Mesas hace sobre las ventajas e inconvenientes de los avales bancarios como garantía de pago, especialmente para el alquiler.